Leído en prensa.
El pasado 14 de este mismo mes de
febrero, el periódico elEconomista.es publicó un artículo de doña Eva Díaz, que
bajo el título “Las viviendas con escudos heráldicos en la fachada con más de
100 años están exentas de pagar IBI”, informaba a sus lectores de que la
Dirección General de Tributos aclara en una consulta, realizada ante ese
organismo, que la Ley de Patrimonio Histórico Español exime a los propietarios
de inmuebles que tengan estos escudos, emblemas o piedras heráldicas con más de
100 años de antigüedad de pagar este impuesto. Para poder aplicar esta
exención, el contribuyente tendrá que solicitarla al Ayuntamiento de la
localidad donde se encuentre ubicada la vivienda.
Para leer este interesante artículo:aquí.
Publicado por La Mesa de los Notables.