Alejandro Riestra Martínez- La Mesa de los Notables.
Justificación histórica.
Geográficamente la
Focella es el lugar donde radica la parroquia de Santa María de la Focella, perteneciente
a Teverga y a doce kilómetros de la misma; está situada al sur de Páramo, que a
su vez es el lugar donde se encuentra la parroquia de San Justo de Páramo, también del Concejo de
Teverga. Ambas parroquias conforman el territorio llamado "El
Privilegio", situadas cerca de la carretera de Oviedo a León, por Puerto
Ventana.
Pascual Madoz al hablar
de la Focella, en su Diccionario Geográfico escrito en el siglo XIX, nos dice:
Este pueblo y el Páramo
, formaban antiguamente un concejo separado llamado del Páramo el cual tenía
grandes privilegios, entre ellos el de no dar quintas ni pagar tributos, y los
que casaban con mujeres naturales de este concejo, si eran de estado plebeyo,
se hacían nobles, y gozaban con sus descendientes de los mismos privilegios.
Será precisamente esta
peculiar característica, la de transmitir la hidalguía por matrimonio y por
línea femenina, que vemos en muy pocos privilegios de hidalguía españoles, lo
que hace aún más singular a este antiguo solar.
Esta hidalguía colectiva
fue otorgada por el rey don Bermudo III, y posteriormente sería confirmada por
diversos monarcas. En la Audiencia de Oviedo se conservaba una copia del
privilegio otorgado por el citado rey, fechado el 19 de septiembre de 1033, y
en el mismo Páramo había también un ejemplar del documento que presentaban en
los pleitos los que necesitaban demostrar su nobleza, y que decía así:
Copia simple de un
privilegio del Señor Rey de León don Bermudo el Tercero en XXI de otubre del
año de mill por el qual prohija por su hijo adoptibo a Bellito Auriolis
caballeriço que fue del Rey don Alfonso el mayor padre del dicho Rey don
Bermudo.
Traslado sacado del
latín bárbaro en romance de la merced que está concedida por el señor Rey Don
Bermudo de León en el privilegio nombrado de Bellito Auriolis del que goçan los
vecinos y naturales de la villa y junta de Páramo de la Focella en el Reyno de
León que buelto del latín en romance por el traducidor de las lenguas Gracian
es como se sigue:
De muchos por ciento se
a preguntado y muchos san declarado quien fue el lego llamado Acimenades en
tiempo de mi padre el Rey Don Alonso el mayor cavalleriço de su cassa que tubo
controbersia con Manulfo que por otro nombre se decía Bellito Auriolis que era
caballeriço del Rey y llegado que fue a los oidos del Rey don Alfonso por el
desafuero que se hiço al dicho Rey Alfonso a Pelagio Fiolas cuio vasallo este
Bellito Auriolis le mandó lidiar en campo abierto y lo entregó y entregado le
señaló tiempo para quando se havia de hacer y quando vido que era Justicia que
le bolviese a su gracia murió aquel Rey y passo desta presente vida e yo
sucediendo en el dicho Reino en orden de los demás mis padres levantose uno llamado
burneo y dixo a Pelagio y le pidió que por la amistad que havía entre entranbos
y dos favoreciese a el dicho Manulfo que llaman Bellito Auriolis que por el
anima de mi padre don Alonso e por lo que me pidió que lo e cumplido.
Por lo cual yo Bermudo Rey
hijo de Alfonso Principe a ti Manulfo nombrado Bellito Auriolis y a tus hixos y
a los que de ti descendieren en el nombre del señor tengais salud amen por que
el tiempo de la vida es incierto ni nos consta de nuestro principio de nacer ni
tampoco sabemos quando emos de morir si no solo nos queda lo que hicieremos
bien para que delante de Dios hallemos misericordia y remedio para nuestra
anima como lo dice el psalmista. Desata las ataduras de tus maldades que tu
boca dicen perdona a aquellos que son contra ti y contra tus hixos agora tengo yo voluntad para hacerte a ti
Manulfo hixo adoptibo y darte la descendencia y restauraciones asi a ti como a
tus hixos y nietos como a los que fueren nacidos de ti para que podais vivir y
pasar la vida seguramente mientras que Dios os la diere y para hasta el fin del
siglo y donde quiera que quisieredes bivir se os den tierras que podais
cultivar para que podais passar vuestra vida y cassa donde vibais y lo tengais
en el nombre del señor y que tengais poderio de tal manera que ningún hombre
que viniese sobre la tierra tenga mayor honrra que bosotros para que no os
suheteis si no solo conozcais a dios omnipotente como los demas mis hixos y por
confirmacion desta escriptura recibi un caballo rosillo que vale trescientos sueldos
y un rosin andador y despues del dia de San Miguel arcangel ofrescais cera y
ofrenda en sacrificio y repartais entre pobres de lo que tubieredes por el
anima de mi padre el Rey don Alfonso de suerte que todos mis parientes ansi mis
fixos como nietos y los que binieren contra esto que yo fago vengan en la yra
del Rey mi padre como en excomunion o qualquier hombre que viniere sobre la
tierra que lo contrabiniere o mi padre aquesta dicha franqueça mia se vea hieno
de lepra y la frente hiena de ohos y no vea la cumbre de las cossas buenas de
Herrusalem ni tenga la paz que usso en Israel este siempre excomulgado en la
vista de Dios omnipotente y por el daño que resultare este obligado a
restituillo al doblo y al tres doblo como en la viguela suenan y resuenan las
cuerdas y pague a la parte del Rey dos talentos de oro y esta escritura tenga
firmeça por todos los siglos fecha esta escritura de prohi- jamiento en el dia
que se pide quince calendas de otubre despues de mill. Vermudo Rey confirmo
esta escritura por mi mano-confirmo Servando obispo acompañado pesio fruelas
parte del Rey. Confirmola Sancho Ximenez. Confirmola hepossiano osorio,
confirmola adulfo, confirmola gutierre feles, confirmola felipe tierres robo.
confirmola garcia fulgencio notario.
En resumen, los
acontecimientos históricos que conducen al otorgamiento del privilegio en
cuestión, partirían del señor del Páramo y de la Focella, que lo era don Pelayo
Froylez, el cual ocupaba diversos cargos ante el rey don Alfonso. Sin embargo a éste, su caballerizo mayor, un tal Assemenide, levantando un falso testimonio
contra él logró que fuera encarcelado. No pudiendo demostrarlo el rey le
dejaría en libertad, pero a cambio tenía que darle varios vasallos a modo de
rehenes, entre los que se encontraba Manulfo Bellido Auriolis. Este personaje
lograría que Assemenide confesara su falso testimonio, recuperando así don
Pelayo Froylez la confianza regia y sus antiguos cargos y honores. Al mantener
la gracia real también con don Bermudo III, ganaría para su leal vasallo la
libertad de servidumbre con privilegio de hidalguía para él y todos sus
descendientes.
El privilegio será
refrendado sucesivamente por casi todos los monarcas, y así tenemos las
confirmaciones de don Fernándo IV, en
León, el 30 de enero de 1307; don Alfonso XI, en Lerma, el 5 de octubre de
1326; don Enrique II, en Toro, el 22 de febrero de 1392; don Juan II, en Toro,
el 22 de septiembre de 1409, y luego en Segovia, el 4 de junio de 1410, en
Burgos en 1417, y en Valladolid en 1420; don Enrique IV, en Palencia, el 22 de
diciembre de 1456; los reyes católicos, en Medina del Campo, el el 15 de
septiembre de 1480; don Carlos I, en Valladolid, el 30 de septiembre de 1524; don Felipe II, en Madrid, el 25 de noviembre de 1577; don Felipe III, en Madrid,
el 20 de febrero de 1599; don Felipe IV, en Madrid, el 20 de marzo de 1623; don
Carlos II, en Madrid, el 20 de septiembre de 1686; don Luís I, en Madrid, el 21
de febrero de 1724; don Fernándo VI, en Madrid, el 19 de agosto de 1750; y por
el Rey don Carlos III, en Madrid, el 20 de junio de 1761.
No sólo en este lugar
del Páramo de la Focella, sino que en todo el territorio asturiano y en otras
zonas de España , encontramos gran cantidad de documentación en la que se
demostraba la descendencia de Bellito Auriolis, con el fin de justificar la
antigua hidalguía, es decir la nobleza de sangre, tan importante y peculiar en el Principado de Asturias.
(Texto extraido del
artículo de Manuel Rodríguez de Maribona y Dávila, publicado en el Boletín núm.
1 de la Academia Asturiana de Heráldica y Genealogía, págs. 7 a 36. Oviedo,
1994).
Objetivos actuales.
El Solar del Páramo de
la Focella se ha refundado como asociación sin ánimo de lucro, el día 9 de
noviembre de 2011 (inscrita en el Registro de Asociaciones del Principado de
Asturias con el número 10303 de la Sección Primera, por resolución de 17 de mayo
de 2012).
Como se recoge en el
artículo primero de sus Estatutos “Con el nombre de SOLAR DEL PÁRAMO Y DE LA
FOCELLA, se constituye en Oviedo, capital del Principado, con fecha 9 de
noviembre de 2011, una asociación no lucrativa, que agrupa en su seno a los
descendientes de asturianos relacionados con el histórico Privilegio del Solar
del Páramo de la Focella, una de las más antiguas corporaciones nobiliarias de
España, que tanta importancia han tenido en el servicio de nuestra tierra, así
como a aquellas otras personas que, afines a su espíritu, reúnan las
condiciones”.
EL SOLAR DEL PÁRAMO Y DE
LA FOCELLA, según se sigue especificando en sus estatutos, se propone,
principalmente, organizar corporativamente a la hidalguía asturiana relacionada
con el antiguo privilegio del referido solar, manteniendo así
una tradición varias veces centenaria.
También se propone , en la medida de sus posibilidades:
- Impulsar culturalmente
mediante distintos programas, líneas de promoción histórica, territorial,
social y cultural de los pueblos del Páramo en particular y del Concejo de
Teverga en general.
- La catalogación de
archivos, con fondos referentes a temas históricos, genealógicos y heráldicos
asturianos, así como la investigación en los mismos, con vistas a su publicación y
mejor conocimiento.
- Catalogación y defensa
del Patrimonio artístico-cultural y medio-ambiental del Concejo de Teverga y su
expansión en el territorio del Principado de Asturias.
- Concesión de becas, u
otras ayudas, a estudiantes de las zonas rurales de Asturias, con el fin de
contribuir a mejorar la educación, sobre todo en lo que al ámbito de las
humanidades se refiere, y especialmente en el concejo de Teverga, al cual
pertenece el SOLAR DEL PÁRAMO Y DE LA FOCELLA.
- Celebración de actos
públicos y sociales, otorgamiento de distinciones y premios, así como el
desarrollo de cualquier actividad de contenido y propósito semejantes a los que
constituyen su fin.
La Junta de Gobierno está compuesta por un presidente, un vicepresidente, un secretario general, un vicesecretario general, un tesorero,
un fiscal, un maestro de ceremonias y diez vocales. Así mismo, cuenta con un cronista oficial con carácter vitalicio, que tiene la
responsabilidad de profundizar y fomentar el estudio histórico del SOLAR DEL
PÁRAMO Y DE LA FOCELLA, con facultades además, como se hacía históricamente,
para registrar los escudos de armas de sus miembros, en los minutarios
específicos para ello.
Considerando que los
descendientes del PRIVILEGIO DEL SOLAR DEL PÁRAMO Y DE LA FOCELLA, siempre lo
han sido desde su nacimiento, los caballeros o damas pertenecientes a la Corporación podrán
inscribir a sus hijos desde el momento en que nacen, como así se hace por
tradición en otros antiguos Solares españoles (los de Tejada y Valdeosera). Los
pretendientes que no hayan cumplido los 18 años, podrán por tanto ser
admitidos, pero no electores ni elegidos, ni asistir a las Asambleas, ni
realizar el juramento de ingreso, hasta cumplir la citada edad.
Para contactar: solardelparamoyfocella@gmail.com
Publicado por La Mesa de los Notables.