Hace no muchos días, un buen amigo, aficionado
a la historia y a los temas que suelo tratar en este blog, me lanzó una
pregunta durante una conversación que había empezado de manera trivial.
Hablábamos de las recientes concesiones del Toisón de Oro: el otorgado a la
Reina Doña Sofía y los concedidos a Don Felipe González, Don Miquel Roca y Don Miguel
Herrero y Rodríguez de Miñón, tres figuras clave en la arquitectura política de
la España que hoy conocemos.
-Dime una cosa, me preguntó: de entre
los dos Toisones, el español y el austriaco, ¿cuál es en realidad el legítimo?
La pregunta tenía algo de inocente y bastante
de provocativa. Porque cada vez que la Corona concede el Toisón, especialmente
a personalidades de cierto peso histórico, reaparece una discusión que nunca
termina de cerrarse: la historia de la orden no es lineal, ni pacífica, ni
estrictamente unívoca.
El comentario de mi amigo me recordó
hasta qué punto esta distinción, que a ojos de muchos puede parecer meramente
ceremonial, sigue conectada con los antiguos debates sobre monarquía, dinastía
y soberanía. Y, sobre todo, cómo su sentido actual no puede comprenderse sin
mirar al pasado, hacia la fecha en que la orden se dividió en dos ramas que aún
hoy reclaman su propia continuidad.
Dado el interés que este tema suscita
desde hace años, me atrevo a ofrecer unas pinceladas, en el estrecho margen que
permite este blog, sobre la legitimidad que respalda, en mi opinión, a cada uno
de los Toisones que conviven en nuestro siglo XXI.
Entonces, ¿cuál es el auténtico?
Las dos ramas del Toisón de Oro:
historia de una división y de dos legitimidades.
La Orden del Toisón, fundada en 1430 por
Felipe el Bueno, forma parte del pequeño conjunto de instituciones europeas que
han atravesado siglos de transformaciones políticas sin perder su prestigio. Su
historia, sin embargo, no es una línea recta. Desde comienzos del siglo XVIII,
la orden existe en dos ramas distintas, la española y la austriaca, cuya
coexistencia suscita la pregunta de cuál de ellas es “la legítima”. La
respuesta exige revisar el origen de esa división y los fundamentos que han
sostenido la continuidad de ambas.
1700: una disputa sucesoria con
efectos duraderos.
La muerte sin descendencia de Carlos II
de España (1700) inauguró un conflicto sucesorio cuyo impacto afectó tanto a la
Corona como a la Orden. La cuestión era precisa: ¿quién heredaba la Gran
Maestría: el nuevo rey de España o el jefe de la Casa de Habsburgo?
Las posiciones eran irreconciliables:
España defendía que la Gran Maestría era
un atributo de la Corona, por lo que debía corresponder a Felipe V, nombrado
heredero por Carlos II.
Austria, por su parte, sostenía que la
orden era propiedad dinástica de los Habsburgo y, en consecuencia, debía pasar
al archiduque Carlos, heredero de la rama austriaca.
La Guerra de Sucesión impidió toda
negociación. La ruptura se produjo sin un acuerdo jurídico final. Y así, desde
1700, la orden siguió dos caminos paralelos, cada uno convencido de representar
la continuidad auténtica.
Las dos naturalezas del Toisón.
El Toisón de Oro en España.
En la España borbónica, el Toisón se
consolidó como orden oficial del Estado. Su concesión quedó estrictamente
regulada, su número de miembros limitado y su identidad integrada en las
instituciones monárquicas. El Rey de España ejerce la Gran Maestría como parte
de sus prerrogativas soberanas.
El Toisón de Oro en Austria.
La Casa de Habsburgo mantuvo el Toisón
como orden dinástica, incluso después de la desaparición del Imperio
Austrohúngaro. Aunque ya no forma parte del sistema estatal austríaco, conserva
sus reglas tradicionales y sigue siendo una expresión de continuidad familiar.
Legitimidades complementarias.
Atribuir a una sola de las dos ramas la
condición de “legítima” implica pasar por alto la naturaleza del conflicto que
originó la escisión y el marco jurídico vigente en 1700. La división del Toisón
de Oro surgió de una disputa sucesoria en la que no existía una norma
indiscutible que determinara a quién correspondía la Gran Maestría tras la
extinción de la rama española de los Habsburgo. Ante la ausencia de un criterio
universalmente aceptado, cada parte sostuvo una interpretación coherente con su
propia tradición jurídica, y ambas lograron consolidarse con el paso del
tiempo.
•La
rama española es legítima porque encarna la continuidad institucional del
Toisón como atributo de la Corona. Desde 1700, los reyes de España han ejercido
la Gran Maestría sin interrupción, incorporando la orden al conjunto de
distinciones oficiales del Estado y manteniendo su vigencia mediante normas y
prácticas estables. Esta continuidad pública y estatal ha dado al Toisón
español una base jurídica sólida y reconocida en la diplomacia contemporánea.
•La
rama austriaca es igualmente legítima porque preserva la continuidad dinástica
de la familia que administró la orden desde su incorporación a los Habsburgo.
Tras la Guerra de Sucesión, los Habsburgo conservaron su propia línea de la
orden como patrimonio familiar, respetando las normas tradicionales y
transmitiendo la Gran Maestría de generación en generación. Su legitimidad se
fundamenta en la pervivencia histórica de la casa fundadora del linaje moderno
del Toisón.
En más de tres siglos, ninguna de las
dos ramas ha sido desmentida por la práctica histórica. Ambas han funcionado de
manera estable dentro de sus respectivos ámbitos -estatal en España y dinástico
en Austria- sin que haya surgido un consenso jurídico, diplomático o
historiográfico que otorgue primacía absoluta a una sobre la otra. La
coexistencia prolongada y pacífica de ambas ramas es, en sí misma, la mejor
prueba de su legitimidad compartida.
Conclusión.
En mi opinión, la división del Toisón de
Oro no produjo una orden auténtica y otra derivada, sino dos líneas de
continuidad surgidas de un conflicto sucesorio que no podía resolverse
jurídicamente en su tiempo. Cada rama mantuvo su legitimidad sobre fundamentos distintos,
pero igualmente válidos: la española, apoyada en la titularidad institucional
de la Corona, y la austriaca, en la continuidad dinástica de los Habsburgo.
Tres siglos de existencia paralela han
confirmado de hecho lo que la teoría discutió en 1700: ambas órdenes han sido
capaces de sostener su identidad, su tradición y su autoridad dentro de sus
respectivos ámbitos. Ninguna ha quedado desmentida por la práctica histórica ni
desposeída por consenso internacional.
Por ello, la pregunta que nos debemos hacer no es cuál
es “el verdadero” Toisón, sino qué expresión de la herencia borgoñona se
preserva en cada uno. El español encarna la proyección estatal de la orden; el
austriaco, su raíz familiar y dinástica. Juntas, ambas ramas completan el
panorama de una institución que ha sobrevivido precisamente porque supo
adaptarse a dos realidades políticas diferentes sin perder su esencia.
Riestra.
Publicado por La Mesa de los Notables.

